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Pleno de Candelaria: rigor ante las cuentas y la ley

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Pleno de Candelaria

El Pleno de Candelaria celebrado el 29 de octubre dejó dos debates muy distintos. Por un lado, se examinaron unas cuentas municipales con fortalezas evidentes, aunque uno de sus indicadores haya empeorado. Por otro, se aprobó por unanimidad una moción sobre la prestación CUME cuya principal reivindicación ya estaba recogida en una norma estatal vigente.

Conviene separar ambas cuestiones. No sería razonable convertir una desviación económica puntual en una crisis que los datos no acreditan. Sin embargo, tampoco resulta admisible que una corporación municipal vote una iniciativa sin comprobar antes que aquello que reclama no haya sido ya aprobado.

Fiscalizar al gobierno exige proporcionalidad y contexto. Presentar una moción exige, como mínimo, revisar la legislación vigente hasta el día en que se debate.

Una posición económica que continúa siendo sólida

En el Pleno de Candelaria, la auditoría de gestión correspondiente a 2025 mostró un dato negativo que debe vigilarse: el ahorro neto pasó del 26,6 % al –5,2 %. Además, el resultado presupuestario ajustado descendió desde 13,9 hasta unos 3,3 millones de euros.

Ahora bien, esos datos no pueden analizarse de forma aislada. El Ayuntamiento de Candelaria mantiene un endeudamiento a largo plazo del 0 %. Al mismo tiempo, dispone de un remanente de tesorería para gastos generales que, según se explicó en la sesión, alcanza el 103,7 %. La gestión recaudatoria llega al 99,6 % y el esfuerzo fiscal al 96,4 %, ambos por encima de los niveles exigidos.

Por tanto, no estamos ante una hacienda municipal desbordada o incapaz de atender sus obligaciones. Al contrario, existe una base financiera sólida que permite afrontar inversiones importantes sin recurrir al endeudamiento.

El concejal de Hacienda vinculó la reducción del ahorro al aumento de la actividad y del gasto municipal. Citó actuaciones visibles, como el Auditorio, la piscina, los asfaltados y la mejora de acerados. Esa explicación ofrece un contexto político razonable: el Ayuntamiento está utilizando recursos acumulados para ejecutar proyectos y servicios, no dejando el dinero inmovilizado.

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El ahorro neto requiere seguimiento, no alarmismo

El ahorro neto sigue siendo un indicador relevante porque mide la capacidad de los ingresos corrientes para sostener los gastos ordinarios. En consecuencia, su paso a valores negativos no debe ignorarse. Sin embargo, tampoco permite concluir, por sí solo, que exista un problema estructural.

La Ley de Presupuestos de Canarias para 2026 fija para esta auditoría un ahorro neto superior al 6 %. Al no alcanzarlo, una parte del Fondo Canario de Financiación Municipal queda vinculada a saneamiento económico-financiero. No obstante, la propia norma permite destinar esos recursos, por este orden, a cancelar deuda con proveedores y, si esta no existe o queda cubierta, a inversiones o ayudas de emergencia social.

La palabra “saneamiento” suena más grave de lo que es. Aquí describe una regla automática del Fondo Canario, no un rescate de las cuentas.

Además, el Ayuntamiento cumple holgadamente el resto de las condiciones relevantes. Por eso, la conclusión más equilibrada consiste en reconocer la solvencia actual y comprobar si el ahorro neto se recupera en la próxima liquidación.

En mi análisis del pleno de septiembre ya defendí que la inversión debe acompañarse de planificación y seguimiento. Ese criterio continúa siendo válido, pero no equivale a poner en duda toda la gestión económica municipal.

Un retraso puntual no es una morosidad estructural

El periodo medio de pago global del tercer trimestre se situó en 40,51 días. La cifra supera el plazo de referencia y, por tanto, merece una explicación. Sin embargo, la serie histórica disponible respalda la versión del grupo de gobierno: estamos, por ahora, ante una desviación coyuntural.

El portal municipal del periodo medio de pago recoge 26,01 días en el primer trimestre de 2026 y 27,77 en el segundo. Los cuatro trimestres de 2024 y los cuatro de 2025 también permanecieron por debajo de treinta días.

Coalición Canaria habló de una tasa “alarmante” y llegó a relacionarla con el ahogo financiero de autónomos y pequeñas empresas. Esa descripción resulta desproporcionada. Un trimestre por encima del objetivo debe corregirse, pero no demuestra una conducta habitual de impago. Mucho menos permite presentar al Ayuntamiento como una administración que pone sistemáticamente en peligro a sus proveedores.

El concejal de Hacienda explicó en el pleno de Candelaria que coincidieron las vacaciones del personal, varias bajas laborales y facturas de empresas afectadas por embargos administrativos. También señaló que se habían realizado llamamientos para cubrir las ausencias, aunque no dieron resultado. Son circunstancias concretas y plausibles, no simples excusas improvisadas.

Además, algunas facturas no podían abonarse directamente mientras permanecieran sujetas a embargos de otras administraciones. Esa incidencia no puede atribuirse automáticamente a falta de liquidez o voluntad de pago municipal.

El siguiente trimestre permitirá comprobar la explicación

La respuesta adecuada no consiste en negar que 40,51 días superan el objetivo. Consiste en comprobar si, como sostiene el grupo de gobierno, el indicador vuelve a la normalidad una vez superadas las circunstancias del verano.

Por ello, no parece justificado reclamar un plan de choque a partir de un único trimestre, especialmente cuando la serie anterior refleja pagos dentro del plazo. Bastará con examinar el dato del cuarto trimestre y verificar que las facturas retenidas han seguido su tramitación correcta.

La oposición tiene derecho a fiscalizar y a preguntar por facturas antiguas o de elevada cuantía. No obstante, esa función pierde credibilidad cuando una incidencia concreta se presenta como prueba de parálisis general. La crítica es más útil cuando distingue entre un incumplimiento puntual y una práctica continuada.

El debate terminó elevando el tono. Seguramente algunas expresiones del concejal de Hacienda en el salón del pleno de Candelaria pudieron evitarse. Sin embargo, también debe reconocerse que ofreció una explicación extensa, detalló las causas y recordó los antecedentes. El fondo de su respuesta fue más sólido que la imagen de descontrol que se intentó proyectar.

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Una causa social justa no justifica una moción desactualizada

El punto más preocupante de la sesión no estuvo en las cuentas, sino en la moción presentada por el Partido Popular sobre la prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, conocida como CUME.

La iniciativa defendía una causa plenamente justa. Estas familias necesitan estabilidad, menos burocracia y una protección que no desaparezca mientras continúen la enfermedad, la discapacidad y la necesidad acreditada de cuidados. El problema no estaba en el objetivo, sino en la falta de actualización del texto sometido a votación.

La moción reclamaba prolongar excepcionalmente la prestación más allá de los 26 años cuando la persona causante tuviera una discapacidad igual o superior al 65 % o una dependencia de grado III. También pedía reconocer tratamientos equivalentes a la hospitalización, permitir la atención domiciliaria y favorecer la corresponsabilidad entre progenitores.

Sin embargo, esas medidas ya habían sido incorporadas al ordenamiento jurídico por el Real Decreto-ley 31/2026, una norma con rango de ley. Fue aprobada el 20 de octubre, publicada en el BOE el día 21 y las modificaciones de la prestación CUME producían efectos desde el 23.

El pleno de Candelaria se celebró el día 29. Por tanto, cuando se debatió la moción, la reforma llevaba seis días produciendo efectos.

El Pleno de Candelaria pidió aprobar derechos ya vigentes

La coincidencia de fechas explica que la moción, firmada el 20 de octubre, pudiera redactarse antes de conocerse el contenido definitivo del real decreto-ley. Eso puede aceptarse. Lo que no tiene justificación es que el texto no se actualizara después.

Entre su presentación y el pleno hubo tiempo para revisar el Boletín Oficial del Estado. Además, la comisión informativa se reunió el 26 de octubre, cuando la reforma ya estaba publicada y producía efectos. Ese era el momento para retirar la iniciativa, modificarla o sustituir sus acuerdos.

No ocurrió. La moción mantuvo como reivindicaciones pendientes medidas que ya formaban parte de la ley: la prórroga más allá de los 26 años, la discapacidad del 65 %, la dependencia de grado III, las estancias temporales en recursos residenciales, los tratamientos de intensidad equivalente y el disfrute alternativo o simultáneo por ambas personas cuidadoras.

No estamos ante un pequeño error de fecha. La exposición de motivos construía buena parte de su justificación sobre una carencia normativa que había dejado de existir. En consecuencia, el Ayuntamiento terminó instando al Gobierno de España a promover cambios que ese mismo Gobierno ya había aprobado y puesto en funcionamiento.

Una moción institucional no debería convertirse en un comunicado político ajeno a la realidad jurídica. Antes de ocupar el pleno y solicitar el respaldo de toda la corporación, el grupo proponente tenía la obligación de comprobar el estado de la legislación.

La iniciativa podía haberse transformado en algo útil

La reforma no impedía mantener una iniciativa de apoyo a las familias CUME. Al contrario, ofrecía la oportunidad de presentar una moción más precisa y útil.

El Partido Popular podía haber propuesto que el Ayuntamiento celebrara la ampliación de derechos y solicitara la convalidación parlamentaria del real decreto-ley, todavía pendiente. También podía reclamar un desarrollo ágil, criterios homogéneos para las mutuas, simplificación administrativa y la revisión de los casos anteriores.

Esas cuestiones sí conservaban sentido. Sin embargo, quedaron mezcladas con peticiones ya satisfechas. De ese modo, la iniciativa perdió rigor y transmitió a la ciudadanía una imagen equivocada: la de que la protección seguía pendiente cuando ya había sido reconocida.

El grupo de gobierno explicó durante el debate buena parte de las mejoras introducidas por la reforma. Su respaldo final se entiende por la voluntad de acompañar a las familias y evitar una disputa partidista sobre una causa sensible. Aun así, habría sido preferible presentar una enmienda sustitutiva que corrigiera el texto antes de votarlo.

La responsabilidad principal corresponde a quien presentó y mantuvo una moción desactualizada. No obstante, todos los grupos deberían extraer una conclusión: la unanimidad emocional no puede sustituir el rigor legislativo.

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La gestión cotidiana también estuvo presente

La parte final del Pleno de Candelaria devolvió el debate a problemas concretos del municipio. Se abordaron la limpieza de barrancos y pluviales, la iluminación en las calles Neptuno y El Mirador y la reparación de la escalera entre el campo de lucha y la plaza de Igueste.

Asimismo, el gobierno municipal informó de que ya trabaja en la licitación de señales para pasos de peatones inteligentes. También continúa el diagnóstico de accesibilidad cognitiva en ocho edificios públicos, con participación de personas mayores, alumnado y personas con discapacidad.

Esta última actuación merece una valoración positiva. La accesibilidad no se limita a rampas o ascensores. También exige señalización comprensible, recorridos intuitivos y edificios que puedan utilizar personas con diferentes capacidades. Esa concepción coincide con la idea de institución cercana que defendí al analizar la ordenanza de convivencia de Candelaria.

Quedó pendiente una explicación más precisa sobre la publicación de los contratos menores en el portal de transparencia. No parece un problema difícil de resolver. Bastaría con comprobar si la información figura en todos los espacios legalmente exigibles y actualizarla cuando corresponda.

Rigor para fiscalizar y rigor para proponer

El pleno de octubre no mostró un Ayuntamiento en crisis. Mostró una administración sin deuda a largo plazo, con un remanente importante, una elevada capacidad recaudatoria y una trayectoria de pagos generalmente correcta. El ahorro neto y el dato del tercer trimestre justifican seguimiento, pero no un relato de descontrol.

En cambio, la moción CUME sí dejó una deficiencia política evidente. Defender a las familias cuidadoras exige conocer sus problemas, pero también leer la norma vigente antes de hablar en su nombre. Una causa justa no mejora porque se apruebe una resolución redundante.

La política municipal necesita oposición, control y debate. Sin embargo, necesita también preparación. Al gobierno se le debe exigir que gestione y explique. A quien presenta una iniciativa se le debe exigir que compruebe los hechos y el derecho aplicable.

Esa es la principal lección del Pleno de Candelaria: la crítica debe ser proporcionada y las propuestas deben llegar estudiadas. Sin ambas cosas, el debate público produce más ruido que soluciones.

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