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Reglamento de participación de Candelaria: democracia local

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Grupo diverso de vecinos y vecinas reunido en una plaza costera de Candelaria, dialogando sobre propuestas comunitarias con documentos y mapas sobre una mesa.

El Reglamento de participación de Candelaria: un paso adelante para la democracia local

Hay normas que apenas dejan huella porque se limitan a ordenar procedimientos. Y hay otras que, cuando se aplican de verdad, pueden cambiar la relación entre una institución y la gente a la que sirve. El nuevo Reglamento de participación de Candelaria pertenece, potencialmente, a esta segunda categoría.

El Pleno del Ayuntamiento aprobó definitivamente el texto el 27 de marzo de 2026 por unanimidad de los 17 concejales presentes. Su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia se produjo el 8 de abril y el propio portal municipal informa de que entró en vigor ese mismo día. (Candelaria)

La valoración debe ser claramente positiva. Candelaria no partía de cero: el municipio cuenta con una tradición vecinal viva, asociaciones activas y Mesas Comunitarias que han servido durante años como espacios de encuentro. Lo relevante ahora es que esa cultura comunitaria deja de depender exclusivamente de la voluntad política de cada momento y obtiene un marco estable, público y exigible.

No se trata de sustituir la democracia representativa, que sigue correspondiendo al Pleno y a los órganos de gobierno elegidos en las urnas. Se trata de hacerla más cercana, más permeable y más responsable ante la ciudadanía. Esa es, precisamente, la función que la legislación local reconoce a los mecanismos de participación. (BOE)

Participar deja de ser una invitación ocasional

La principal virtud del reglamento es sencilla de explicar: convierte la participación en un derecho organizado.

La ciudadanía podrá acceder a información municipal de forma comprensible, plantear peticiones, formular propuestas, impulsar iniciativas populares, intervenir en los plenos y participar en consultas sobre asuntos de relevancia local. El texto fija, por ejemplo, un plazo de tres meses para responder a las propuestas ciudadanas que se presenten formalmente al Ayuntamiento.

Eso importa. Demasiadas veces la participación pública queda reducida a un buzón de sugerencias sin seguimiento, a una reunión aislada o a una consulta cuando todo está prácticamente decidido. Este reglamento establece una lógica distinta: informar antes, escuchar durante, devolver resultados después y explicar las decisiones adoptadas.

No es una promesa abstracta. El texto prevé procesos de deliberación con fases de información, debate, devolución y evaluación. También establece que, cuando el Ayuntamiento no asuma total o parcialmente el resultado de un proceso participativo, deberá motivar su decisión.

Ahí está una de las claves democráticas de la norma: participar no garantiza que toda propuesta sea aprobada, porque gobernar exige ponderar legalidad, presupuesto, interés general y viabilidad técnica. Pero sí exige que una propuesta ciudadana no desaparezca en un cajón sin explicación.

Infografía sobre las claves del Reglamento de Participación de Candelaria: derechos ciudadanos, transparencia, Mesas Comunitarias, presupuestos comunitarios, participación digital e inclusión.

Un reglamento nacido del propio municipio

El texto tiene otro valor importante: no ha sido redactado desde un despacho ajeno a la realidad de los pueblos de Candelaria.

Su elaboración se apoyó en trece talleres comunitarios desarrollados en distintos territorios del municipio. De ellos surgieron preocupaciones muy concretas: mejorar la comunicación institucional, garantizar equilibrio entre núcleos, facilitar la participación de personas mayores y jóvenes, reducir barreras tecnológicas y combinar encuentros presenciales con herramientas digitales sencillas.

El procedimiento final también incorporó modificaciones tras las alegaciones presentadas durante la exposición pública. Entre otras mejoras, se clarificó el reconocimiento de colectivos sin personalidad jurídica, se reforzó la autonomía e independencia de la Oficina de Defensa de la Ciudadanía y se precisaron cuestiones relacionadas con la composición y funcionamiento de las Mesas.

No conviene idealizar ningún proceso administrativo. Hubo propuestas aceptadas parcialmente y otras rechazadas. Pero lo importante es que existió un debate documentado, una respuesta motivada y una aprobación final unánime. En una época en la que tantas instituciones parecen vivir de espaldas a la ciudadanía, ese recorrido merece ser reconocido.

Mesas Comunitarias: proximidad territorial con reglas claras

Las Mesas Comunitarias son probablemente el corazón del reglamento. No como una estructura burocrática más, sino como el espacio donde la participación se acerca a los barrios y a la vida cotidiana.

El texto consolida siete Mesas Comunitarias: Barranco Hondo, Igueste, Las Caletillas, Punta Larga, Candelaria casco, Playa La Viuda y Araya-Las Cuevecitas-Malpaís. Su función será estudiar necesidades, formular propuestas, debatir actuaciones municipales, hacer seguimiento de compromisos y fortalecer la cooperación entre ciudadanía, asociaciones y Ayuntamiento.

La descentralización no es un detalle menor. Candelaria no es un municipio homogéneo. Cada núcleo tiene ritmos, problemas y prioridades propias. Gobernar bien exige escuchar esa diversidad, no concentrar toda la conversación pública en el casco administrativo.

También es relevante que las Mesas deban reunirse, como mínimo, dos veces al año y que sus acuerdos queden recogidos en actas públicas. Sus decisiones no son vinculantes, pero el Ayuntamiento tendrá que justificar mediante informe cuando adopte decisiones contrarias a los acuerdos alcanzados.

Ese mecanismo no obliga a gobernar por aclamación, pero evita algo peor: convocar a la ciudadanía para escucharla y después ignorarla sin dar explicaciones.

Presupuestos comunitarios y consultas: decidir sobre lo concreto

El reglamento refuerza igualmente los presupuestos comunitarios. La ciudadanía podrá proponer y priorizar inversiones sobre una parte de los recursos municipales, con un criterio que combina una cantidad fija para cada zona y otra variable en función de la población empadronada.

Es una fórmula razonable porque introduce equidad territorial. No todo puede depender del peso demográfico. Los núcleos más pequeños también tienen necesidades legítimas y merecen disponer de capacidad real para definir mejoras en su entorno.

El Ayuntamiento ya está desarrollando, además, encuentros vinculados al proceso de Presupuestos Comunitarios Candelaria 2027. El 22 de junio se celebró una nueva Mesa Comunitaria en Las Caletillas para recoger propuestas vecinales, una señal de que el reglamento no pretende quedar como una declaración decorativa. (candelaria.es)

La norma contempla también audiencias públicas, encuestas, sondeos y consultas previas en la elaboración de ordenanzas y reglamentos. Esto puede mejorar mucho la calidad de las decisiones municipales, especialmente cuando afectan a cuestiones urbanísticas, sociales, culturales, ambientales o de convivencia.

Infografía que explica cómo participar en Candelaria mediante información pública, peticiones, propuestas, intervención en plenos, procesos participativos y Mesas Comunitarias.

Participación digital, pero sin abandonar a nadie

Otro de los aciertos del reglamento es entender que lo digital debe ampliar la participación, no sustituirla.

El Ayuntamiento prevé un sistema público de participación digital, con herramientas para proponer, deliberar, votar y evaluar. El portal deberá desarrollarse con software libre, incorporar sistemas de autenticación y respetar la normativa de protección de datos.

Pero el texto no cae en el error de pensar que una web resuelve por sí sola la participación. Reconoce que muchas personas tienen dificultades tecnológicas, de tiempo, movilidad o acceso. Por eso mantiene los espacios presenciales, prevé acompañamiento en competencias digitales y exige accesibilidad física, sensorial, cognitiva y tecnológica.

La democracia municipal no puede construirse dejando fuera a quien no utiliza una aplicación, no tiene tiempo para conectarse a una videollamada o necesita formatos más comprensibles.

La prueba decisiva será cumplirlo

Este reglamento es una buena noticia para Candelaria. Da estructura a derechos, fortalece la participación territorial, protege la transparencia, reconoce el valor de las asociaciones y abre mecanismos para que la ciudadanía influya de forma más directa en los asuntos públicos.

Pero su verdadero valor no estará en las páginas publicadas en el Boletín Oficial. Estará en los presupuestos que se pongan a disposición de la participación, en la calidad de las convocatorias, en la información que reciba la ciudadanía, en la respuesta a las propuestas y en la voluntad de explicar las decisiones cuando el Ayuntamiento se aparte de lo acordado en una Mesa.

La disposición adicional del reglamento establece una puesta en marcha gradual, vinculada a las disponibilidades técnicas y presupuestarias. Esa cautela es comprensible. Lo que no sería aceptable es utilizarla como excusa permanente para aplazar lo esencial.

Candelaria ha dado un paso importante. Ahora corresponde convertir esta norma en una práctica cotidiana: escuchar mejor, informar con claridad, rendir cuentas y asumir que una democracia local madura no teme a una ciudadanía activa. La necesita.


Enlaces externos recomendados: Reglamento publicado en el BOP, portal municipal de Participación Ciudadana y legislación básica sobre participación local. (bopsantacruzdetenerife.es)

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